CERTIFICADO DE ACCESIBILIDAD WEB
Resolución MinTIC 1519 de 2020 — Anexo Técnico 1
Los suscritos, debidamente identificados, declaramos que el sitio web oficial de la Empresa Social del Estado Hospital Roberto Quintero Villa ESE Montenegro, ubicado en la dirección electrónica https://www.esemontenegro.gov.co, ha sido evaluado y cumple con las directrices de accesibilidad web establecidas en el Anexo Técnico 1 de la Resolución MinTIC 1519 de 2020, conforme a las pautas WCAG (Web Content Accessibility Guidelines) en su nivel mínimo exigido.
DECLARACIÓN DE CUMPLIMIENTO — CRITERIOS WCAG (Anexo Técnico 1)
Se declara el cumplimiento de los siguientes criterios de accesibilidad web:
| Criterio | Descripción | Estado |
|---|---|---|
| 1.1a | El sitio web cuenta con texto alternativo (atributo alt) en todas las imágenes de contenido | ✓ Cumple |
| 1.1b | El sitio web es navegable mediante teclado sin requerir ratón | ✓ Cumple |
| 1.1c | El sitio web presenta suficiente contraste entre texto y fondo (ratio mínimo 4.5:1) | ✓ Cumple |
| 1.1d | El sitio web no utiliza color como único medio para transmitir información | ✓ Cumple |
| 1.1e | El sitio web permite redimensionar el texto hasta un 200% sin pérdida de contenido | ✓ Cumple |
| 1.1f | El sitio web cuenta con encabezados correctamente estructurados (H1, H2, H3…) | ✓ Cumple |
| 1.1g | Los formularios del sitio web cuentan con etiquetas (labels) asociadas a cada campo | ✓ Cumple |
| 1.1h | Los videos y contenidos audiovisuales cuentan con subtítulos o transcripción de texto | ✓ Cumple |
| 1.1i | El sitio web cuenta con mapa del sitio o mecanismo equivalente de navegación | ✓ Cumple |
FIRMANTES
REPRESENTANTE LEGAL DE LA ENTIDAD
Nombre: Leidy Diana Herrera Mora
Cédula de ciudadanía: 24.815.840
Cargo: Representante Legal
Entidad: ESE Hospital Roberto Quintero Villa Montenegro
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Firma y fecha
RESPONSABLE TÉCNICO
Nombre: Carolina Londoño
Cédula de ciudadanía: 41.959.257
Empresa: Visualbit SAS
NIT: 900617452-1
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Firma y fecha
Este certificado fue expedido en cumplimiento del numeral 1.1 del Anexo Técnico 1 de la Resolución MinTIC 1519 de 2020 y tiene vigencia anual. Fecha de expedición: junio de 2025. Próxima renovación: junio de 2026.